BOLIVIA
: : PROMOCIÓN DE INVERSIONES
Zonas
Francas Bolivianas
Las
Zonas Francas Industriales y Comerciales, se implementaron en Bolivia el año
1991, con el objeto de facilitar las operaciones del sector comercial e industrial
nacional e internacional, a partir del tratamiento de segregación aduanera
y fiscal a las operaciones que se realicen en estas áreas. Las Zonas Francas,
son administradas por empresas del sector privado, las cuales se adjudican una
concesión de administración por 40 años.
Las
Zonas Francas se encuentran en las principales ciudades capitales, así
como en puntos fronterizos, sujetándose siempre al control y supervisión
de la Aduana Nacional.
Desde
la promulgación del D.S. 22526, se han otorgado trece concesiones para
zonas francas, once de las cuales son de carácter comercial e industrial.
En la actualidad, se encuentran en operación diez Zonas Francas Comerciales
y dos Zonas Francas Industriales.
Las
Zonas Francas son áreas del territorio nacional perfectamente delimitadas
y cercadas, dotadas de infraestructura adecuada para la realización de
operaciones comerciales e industriales y sujetas al principio de segregación
aduanera y fiscal. En aplicación de este principio, las zonas francas están
exentas del pago de impuestos internos y de aranceles aduaneros.
El
marco jurídico general de las zonas francas está constituido, principalmente
por la Ley Nº 1489 de 16 de abril de 1993 (Ley de Desarrollo y Tratamiento
Impositivo de las Exportaciones), Ley 1990 del 28 de julio de 1999 y los Decretos
Supremos Nº 22410 de 11 de enero de 1990, Nº 22526 de 13 de junio del
mismo año y Nº 23565 de 22 de julio de 1993.
El
Ministerio de Comercio Exterior e Inversión es responsable de la dirección
del Régimen de Zonas Francas.
Tipos
de Zonas Francas y operaciones
Las
zonas francas bolivianas pueden ser del tipo
industrial o comercial. En las zonas francas industriales se pueden realizar operaciones
de ensamblaje y producción de mercancías destinadas principalmente
a mercados externos.
En
las zonas francas comerciales se pueden realizar operaciones de almacenamiento
de mercancías por tiempo ilimitado, acondicionamiento, combinación
de mercancías, fraccionamiento indefinido, ventas al detalle y otro tipo
de operaciones no industriales.
Concesionarios
y usuarios de Zonas Francas
Las
zonas francas están administradas por sociedades anónimas (concesionarias),
a las cuales el Estado les ha otorgado una concesión de administración,
por lo general de cuarenta años, a objeto que cumplan una función
de carácter público en beneficio de los operadores del comercio
exterior.
Toda
persona natural o jurídica, nacional o extranjera puede ser usuaria de
zona franca. La calidad de usuario le da el derecho a beneficiarse de los tratamientos
tributarios y aduaneros especiales del Régimen.
Tratamiento
Tributario y Aduanero
En
aplicación del principio de segregación aduanera y fiscal establecido
en la Ley Nº 1489, el Decreto Supremo Nº 23565 de 22 de julio de 1993
establece el siguiente tratamiento tributario especial:
- Suspensión
del 100% del pago del Impuesto al Valor Agregado, Impuesto a los Consumos Específicos,
Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados y del Gravamen Arancelario,
para todas las mercancías internadas a zonas francas
- Exención
del 100% del Impuesto al Valor Agregado, del Impuesto a las Transacciones y del
Impuesto a las Transferencias Municipales, para las ventas, transacciones y transferencias
que se realicen al interior de la zona franca.
- Exención
del 100% de los tributos municipales (tasas y patentes). Los Municipios establecen
las condiciones de la exención, en ejercicio de sus atribuciones reconocidas
en la Constitución Política del Estado.
Los
Tributos que se deben pagar son los siguientes:
- Impuesto
a las Utilidades de las Empresas sobre las remesas de utilidades al exterior.
- Impuesto
a la Propiedad Inmueble y de Vehículos Automotores.
- Régimen
Complementario al Impuesto al Valor Agregado que grava la remuneración
de las personas que prestan servicios dentro de la zona franca.
En
caso de importaciones realizadas desde zonas francas, (cuando la mercancía
es nacionalizada e introducida a territorio aduanero nacional) se debe pagar el
Impuesto al Valor Agregado, el Impuesto a los Consumos Específicos, el
Impuesto Especial a los Hidrocarburos y sus Derivados, y el Gravamen Arancelario.
Cómo ingresar mercadería a la Zona Franca
- Aduana
de Zona Franca autoriza el ingreso
- Puerta
principal. Debe mostrarse el Manifiesto de Embarque MC/DTA y/o MIC/DTA e identificación
de transporte.
- Unidad
Central de Control: Mostrar documentación.
- Almacenes
y lugar de estacionamiento: recepción de mercadería.
- Autorización
de salida de Aduanas previa prueba de manifiesto
Cómo
recuperar mercadería de Zona Franca
- Oficina
Principal de Zona Franca: Control de Documento
- Aduana:
Autorización de póliza de aduana
- Banco:
Pago de derechos y obligaciones
- Zona
Franca: Documento de control y salida
- Almacenes
y lugar de estacionamiento: Entrega de mercadería
- Operaciones:
Sello de salida
- Aduana:
Sello de salida y firma
- Seguridad
de Aduana: Revisión de papeles y salida autorizada
Incentivos
para zonas Francas
Directorio
de Zonas Francas