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Exportaciones Bolivianas (Gestión 2006 - PDF)

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BOLIVIA : : COMERCIO EXTERIOR - IMPORTACIONES

Régimen de importación Boliviano

En Bolivia a partir de 1985 se establece la libre importación y exportación tanto de bienes como de servicios y una política arancelaria de carácter uniforme impositivo general. En el siguiente cuadro se presentan en detalle los aranceles, impuestos y servicios aplicables a las importaciones.

ARANCELES, IMPUESTOS Y SERVICIOS PARA LA IMPORTACIÓN APLICADOS EN BOLIVIA (2000)

ARANCELES / IMPUESTOS

TASAS

BASE IMPONIBLE

OBSERVACION

Arancel de Importación

10 %

CIF - Frontera

Algunos bienes de capital (maquinarias y equipos) tienen una rebaja del 50%. Del arancel de importación.

Tasa de Almacén aduanero

0.5 %

CIF - Frontera

Valor según el servicio prestado. Se establece valor referencial 0.50 %

Tasa de Verificación

1.95 %

FOB - Origen

Servicio pagado por el importador a las verificadoras.

Aporte Gremial

0.3 %

CIF - Frontera

Aporte gremial a la Cámara de Industria y Comercio (CAINCO)

Despacho Aduanero

0.5 %

CIF - Frontera

Comisión de la agencia aduanera por despacho de importación.

Imp. al Valor Agregado

14.94 %

CIF - Aduana

IVA importaciones, grava sobre el valor de mercadería más el arancel.

Imp. a Consumos Específicos

---

CIF - Aduana

Impuesto variable, grava a licores, tabaco y bienes suntuarios.

Imp. a los Hidrocarburos

---

CIF - Aduana

Gasolina especial Bs. 1.20 por litro

Diesel Oíl Bs. 0.10 por litro

TOTAL COSTO Aproximado:

30 %

CIF - Frontera

Incluye otros gastos fijos e incremento por base imponible del IVA.

 

El régimen de importaciones establece algunas restricciones para la importación de determinados bienes tales como las sustancias controladas, (químicos, precursores y otros), dichas importaciones requieren autorización de la unidad encargada del control de tráfico de sustancias peligrosas.

PROCEDIMIENTO A SEGUIR PARA UNA IMPORTACIÓN

DOCUMENTACION EXIGIDA POR LAS AUTORIDADES ADUANERAS BOLIVIANAS

a) Factura definitiva de las mercancías, que contenga el valor FOB desglosado, con detalle de precios unitarios; y descripción de la mercadería en forma literal no así con códigos.
b) Lista de empaque.
c) Certificado de origen.
d) Licencia previa para productos que lo requieran de acuerdo a ley.
e) Certificado bromatólogico, toxicólogo, fitosanitario, zoosanitario, IBNORCA, insumos agrícolas, etc., cuando corresponda.
f) Parte de Recepción emitido por el Gestor de Recinto Aduanero, en el caso de inspección en Destino.

* Los requisitos arriba mencionados, son obligatorios, de acuerdo a Resolución de Directorio N° RN-07/2000 de fecha 14/Marzo/00, emitido por la Aduana Nacional y dado a conocer mediante circular N° 71/2000 de fecha 10/Abril/00 por esa misma Entidad.

AGENCIA DESPACHANTES DE ADUANAS

Entrega de los documentos respaldatorios de la importación a la agencia aduanera autorizada.

1. Ingreso de la mercancía al recinto aduanero para la elaboración del parte de recepción.
2. Presentación de la póliza de importación al recinto aduanero para la aceptación de los documentos.
3. Aforo documental y físico de las pólizas de importación por parte del vista de aduana.
4. Pago de tributos de importación en el banco autorizado.
5. Pago por servicios prestados por el recinto aduanero.
6. Extracción de la mercancía del recinto aduanero.

PAGO DE TRIBUTOS ADUANEROS (BASE DE CALCULO)

1. G.A.C.= 10% del valor CIF frontera o aduana.
2. I.V.A. = 14.94% de la formula (CIF+gac+otros gtos+otras erogaciones).
3. AGENCIA DESPACHANTE = Según tarifario con relación al cif frontera.
4. RECINTO ADUANERO = Según el peso de la mercancía y el valor cif frontera.
5. CAINCO = 3°/00 del valor CIF frontera o aduana, Servicio de Información para Comercio Exterior.























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